". En consecuencia, vista la solicitud formulada por la parte demandada, observa éste Juzgado que el proceso laboral venezolano constituye un instrumento de realización de la justicia, el cual establece un procedimiento regido por los principios de uniformidad, brevedad, oralidad, uniformidad, publicidad, gratuidad, celeridad, inmediatez, concentración, prioridad de la realidad de los hechos y equidad, y no prevé las incidencias y cuestiones previas que dificultarían la solución de los conflictos a través de los medios alternativos, por lo tanto, el alegato de prescripción formulado por la representación legal de la demandada considera quien suscribe que el mismo constituye una defensa de fondo que deberá ser resuelta por el juez que conozca la presente causa en la fase de juicio, en consecuencia, la oportunidad para oponer dicha defensa no es en fase de sustanciación por lo que este Juzgado se abstiene de pronunciarse al respecto por no ser competente para ello y se ratifica que la .....