declara PRIMERO: PERECIDO el recurso de apelación interpuesto en fecha veintidós (22) de marzo de dos mil trece (2013), por el ciudadano OSWALDO HERNÁNDEZ DÍAZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-12.956.774, debidamente asistido por el ciudadano FIDEL VILLEGAS HERNÁNDEZ, abogado en ejercicio e inscrito en el IPSA bajo el número 116.834, contra el acta levantada de fecha veintiuno (21) de marzo de dos mil trece (2013), dictada por la Jueza del Tribunal Noveno (9°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de este Circuito Judicial de Protección, en la demanda de Divorcio Contencioso signado con la nomenclatura AP51-V-2012-012508. SEGUNDO: Como consecuencia del pronunciamiento anterior queda firme la precitada acta levantada en el asunto AP51-V-2012-012508.