Por las motivaciones que anteceden, este Tribunal Décimo (10°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: Homologado el desistimiento del procedimiento manifestado por la parte actora, manifestado en fecha 01 de Abril de 2014, y en consecuencia se procede al cierre y archivo del presente asunto, asi como su cierre informático en el sistema Juris 2000. Segundo: No se condena en costas