esta Sala 7 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado JOSÉ GUATARAMA MEJÍAS, actuando con el carácter de defensor del ciudadano LUCIO JOSÉ MORA SÁNCEHZ, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Cuadragésimo Segundo de Primera Instancia en Función de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 26 de abril de 2008, mediante la cual decretó Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, en contra del referido ciudadano, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1º del Código Penal, de conformidad con lo establecido en los artículos 250, numerales 1, 2 y 3, 251, parágrafo primero y 252, numerales 1º y 2º, todos del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia se confirma la citada deci.....