Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte actora, en contra de la decisión de fecha 19 de enero de 2009 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo de esta misma Circunscripción Judicial, con motivo de la demanda incoada por el ciudadano Ronnie Ibáñez Dávila en contra de la empresa C.N.A de Seguros La Previsora C.A. SEGUNDO: CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano Ronnie Ibáñez Dávila en contra de la empresa C.N.A de Seguros La Previsora C.A., en consecuencia, se condena a ésta última al pago de los conceptos y cantidades expuestos en la parte motiva del presente fallo. TERCERO: Se revoca el fallo recurrido. CUARTO: Por la naturaleza del pr.....