Por todos y cada uno de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bolívar y Punceres de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le Confiere la Ley, DECLARA: IMPROCEDENTE LA SOLICITUD DE DIVORCIO POR DESAFECTO, de Mutuo Consentimiento, presentada por la ciudadana ANTONIETA DEL CARMEN ZABALETA MARTÍNE, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad N° V-23.530.515, domiciliada en la Calle las Palmeras, Casa N° 7, Sector la Sabana, Caripito, Municipio Bolívar del Estado Monagas, asistida por la Abogada en ejercicio LEONIDES E. ROSARIO R., inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 164.287.