Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dispone en los siguientes términos:
1.- Declara CON LUGAR el recurso de nulidad interpuesto conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos por el abogado Blas Rafael Rivero Betancourt, apoderado judicial de la Compañía Anónima Nacional Teléfonos de Venezuela (CANTV), contra la Providencia Administrativa Nº 179-01 dictada en fecha 18 de septiembre de 2001 por la Inspectoría del Trabajo del Municipio Libertador del Distrito Capital.
2.- Declara la NULIDAD de la Providencia Administrativa N° 179-01 dictada en fecha 18 de septiembre de 2001 por la Inspectoría del Trabajo del Municipio Libertador del Distrito Capital, mediante la cual declaró con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos interpuesta por la ciudadana Vestina Carrizo Rincón, titula.....