Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se ADMITE la solicitud de aclaratoria presentada por el abogado José P. Barnola Díaz, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.968.198, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 55.889, actuando en su carácter de apoderado judicial de la empresa recurrente AGROPECUARIA FLORA ‘AGROFLORA’, C.A
SEGUNDO: Se ACLARA que el porcentaje por concepto de condenatoria en costas es del cinco por ciento (5%) del monto total del reparo.