Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Décimo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PERENCIÓN DEL PROCEDIMIENTO en la demanda de nulidad interpuesta por INVERSORA JULLRAF C.A. Sociedad Mercantil inscrita en la Registro Mercantil V del Distrito Capital bajo el N° 42 del Tomo 115-A de fecha 9 de Mayo del año 2011., en contra Providencia administrativa, Nª 0220-12 de fecha 30 de Noviembre del año 2012, emanada de la Inspectoría Del Trabajo "Pedro Ortega Díaz" Sede Caracas Sur En El Este Del Área Metropolitana De Caracas., que declaró con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos por la ciudadana Yuraska Yuleima Gonzalez Delgado titular de la cédula de identidad N° V- 13.581.064 en contra de la entidad de trabajo INVERSORA JULLRAF C.A. . SEGUNDO: Dad.....