En consecuencia,definitivamente firme como se encuentra la SentenciaInterlocutoria con Fuerza Definitiva Nº 116/2025 de fecha 19 de mayo de 2025emanada de este Órgano Jurisdiccional, recaída en el Recurso Contencioso Tributario,interpuesto por lasociedad mercantilCONSTRUCCIONES INDUSTRIALES MARTORANA, C.A, (en lo sucesivo COIMARCA)y vencido el lapso para el cumplimiento voluntario, este Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario; administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara la FALTA DE JURISDICCIÓN en la presente causa y ORDENA remitir el expediente a laGerenciaGeneral de Servicios Jurídicos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT)., a los fines de su ejecución. Líbrese oficio. Cúmplase.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en fechanueve (09) de juliode dos .....