DISPOSITIVO:
Este Tribunal Cuarto de Control, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara responsable penalmente y en consecuencia DICTA LA PRESENTE SENTENCIA CONDENATORIA al adolescente XXXXXXXXXXXXxx, previamente identificado en autos, por la comisión del delito de: HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE FRUSTRACION, prevista y sancionado en el articulo 406, ordinal 1° en relación con el articulo 80, ambos del Código Penal, e impone la sanción de SEMI LIBERTAD POR UN LAPSO DE UN (01) AÑO; LIBERTAD ASISTIDA POR UN LAPSO DE DOS (02) AÑOS Y SERVICIO A LA COMUNIDAD POR UN LAPSO DE SEIS (06) MESES, a cumplirse de forma sucesiva siendo el tiempo de la sanción, tres (03) años seis (06) meses en total. Tal sanción se impone de conformidad con lo establecido en los literales del “a” al “g” del Artículo 622 y 627, 626, 625 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Y ASI SE DECIDE. Diarì.....