DECISIÓN
Por lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento:
ÚNICO: DECLARA CON LUGAR la solicitud de redención judicial de la pena por trabajo y estudio, formulada en beneficio del penado DARWIN ALFREDO OCHOA RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad Nro. V-16.430.769, conforme a lo previsto en los artículos 2 y 14 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por Trabajo y Estudio, todo ello conforme a lo establecido en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal (reformado en el mes de octubre de 2006); por lo que ha redimido: TRES (03) MESES, OCHO (08) DÍAS y CINCO (05) HORAS, y por ende, cumplirá la totalidad de la pena principal que le fuera impuesta en fecha DIECIOCHO (18) DE AGOSTO DE 2011, A LAS 7:00 HORAS DE ESE .....