"...El Tribunal vista la exposición del apoderado judicial de la parte actora, así como la exposición de la notificada y, en cumplimiento a la comisión que fuera conferida por el TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, SALA Nº 02, procede en este acto a declarar Embargadas Preventivamente el 75% de las acciones de la Compañía Anónima Nacional de Teléfonos de Venezuela (CANTV), que posee el ciudadano GUSTAVO ANTONIO DIAS, titular de la cédula de identidad Nº 9.316.151, parte demandada en este juicio. Haciéndole saber a la notificada del deber que tiene la Institución Bancaria, de realizar los trámites correspondientes que considere pertinentes, a los fines de dar cumplimiento a esta medida de Embargo Preventivo y asimismo, que esta Institución queda bajo la guarda, custodia y responsabilidad sobre las señaladas acciones, debiendo resguardarlas como un buen padre de familia, de conformidad con lo establecido en la Ley, no pudi.....