Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado Superior Sexto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADA la TRANSACCIÓN celebrada en fecha cuatro (04) de agosto de dos mil dieciséis (2016) por el abogado LUIS LEONARDO CÁRDENAS MAIQUETÍA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 71.833, actuando en su carácter de apoderado judicial del INSTITUTO AUTÓNOMO DE INFRAESTRUCTURA, OBRAS Y SERVICIOS DEL ESTADO MIRANDA, parte demandante en el presente juicio y el abogado CARLOS EDUARDO DÍAZ COLMENAREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 98.534, actuando en su carácter de representante judicial de la Sociedad Mercantil "HISPANA DE SEGUROS, S.A.", parte demandada en la presente causa.
SEGUNDO: Se ACUERDA el requerimiento de las partes en su escrito de transacción y se ordena expedir por secretaría dos (02) juegos de copias certificadas del re.....