En consecuencia, esta Juzgadora establece que se requiere 6 horas por la realización de la misma, encontrándose justificado de acuerdo a los parámetros establecidos en el fallo dictado por el Juzgado Décimo Quinto (15) de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial de fecha 08/05/2018; y las formalidades para la realización de dicha experticia, y en virtud que el valor de la hora hombre es de Bs. 9.813.220,11 pues bien, al multiplicar el valor de esta por 6 horas esto da la cantidad de Bs. Bs. 58.879.320,66 monto en el cual este Juzgado fija los honorarios del auxiliar EUGENIO GAMBOA. Así se establece.
Queda establecido que la presente fijación de honorarios profesionales, no obsta para que la parte demandada pueda con la intervención del Juez celebrar convenios sobre los derechos que habrán de pagar a dicha auxiliar de justicia. Todo de conformidad con los artículos 54 y 55 de la Ley de Arancel Judicial. Una vez hayan cumplido su labor será librada por secretaría la cor.....