Por las razones antes expuestas, este JUZGADO UNDÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la solicitud de Divorcio efectuada por los Ciudadanos DAVID SANCHEZ RODRIGUEZ y ELISOL CHRISTINA BASTOURI CARRASCO.
PRIMERO: Disuelto el vínculo matrimonial, contraído en fecha 28 de marzo de 2015, por ante la Primera Autoridad Civil de la Ciudad de Lechería del Estado Anzoátegui, quedando asentada bajo el acta número 112; inserta en los Libros de Registro Civil de Matrimonios del año 2015, de los ciudadanos DAVID SANCHEZ RODRIGUEZ y ELISOL CHRISTINA BASTOURI CARRASCO.
SEGUNDO: Líbrense sendos oficios dirigidos a la Primera Autoridad Civil de la Ciudad de Lechería del Estado Anzoátegui, al Registro Principal del Estado Anzoátegui, conforme a lo previsto en los artículos 475 y 506 del Código Civil, anex.....