Por todos los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: Declara SIN LUGAR la solicitud interpuesta por la defensa, mediante la cual solicita la revisión de la medida cautelar sustitutiva de libertad que pesa sobre su defendido, ciudadano SILVIO DANIEL MÉRIDA ORTIZ, ampliamente identificado en autos anteriores, de conformidad con lo previsto en los artículos 19 al 31 del Texto Constitucional en relación con lo previsto en los artículos 244, 8, 9, 247 y 264 todos del Código Orgánico Procesal Penal.- Trasládese al acusado de autos, a los fines de que sea impuesto de la presente decisión.- ASI SE DECLARA.-