En fuerza de las anteriores consideraciones, este tribunal, administrando justicia, en nombre de la república y por autoridad de la Ley, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA, que presentó Mauricio Miceli Acevedo contra Ángel Leonardo Echeverria B., ambas partes arriba identificada. En consecuencia, adopta las siguientes resoluciones:
1. Declara resuelto el contrato de arrendamiento verbal celebrado entre las partes sobre el inmueble de autos, por razón de la falta de pago de los cánones de arrendamiento desde abril de 2005 en adelante.
2. Como consecuencia de dicha resolución, condena a la parte demandada, como arrendatario, a desalojar y entregar a la parte actora, el local comercial, denominado galpón integrado por dos naves con una superficie de 1.610 metros cuadrados, que se halla dentro de la fracción No.7 que forma parte del lote -7 en la calle Las palmas, Urbanización El Roble, municipio Sucre del Estado Miranda.
3. No hay condena en costas por ser parcial este fallo, de.....