PRIMERO: CON LUGAR, la inhibición planteada por la Dra. DANIA RAMIREZ, actuando en su carácter de Jueza Temporal del Tribunal Superior Tercero (3°) del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, mediante acta de fecha veinticinco (25) de septiembre de dos mil trece (2013), de conformidad con el numeral 6 del artículo 31 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por las razones expuestas en la parte motiva del presente fallo que se dan aquí por reproducidas íntegramente, en consecuencia, deberá abstenerse en lo sucesivo de admitir la representación de la abogada PATRICIA PARRA DE LÓPEZ, en las causas que cursen ante el Tribunal Superior Tercero, bien a solicitud de partes, bien de oficio, sin necesidad de inhibirse de conocer de las mismas. En consecuencia, a los fines de dar fiel cumplimiento a lo establecido en el artículo 41 de la Ley Orgánica Procesa.....