PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud de Regulación de Competencia formulada por los ciudadanos abogados AZAEL SOCORRO MORALES, CARLOS ÁLVAREZ SALAS y MARIANN SALEM PÉREZ, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante AGRO HANDEL EN FINANCIEN CV y BAYWOOD TRADING CV.
SEGUNDO: Se confirma, la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 18 de mayo de 2017.
TERCERO: Competente territorial, material y funcional para conocer, sustanciar y decidir del presente juicio al JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, quien deberá conocer sustanciar y decidir el presente juicio de cobro de bolívares.
CUARTO: No existe condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.
QUINTO: De conformidad con lo establecido en el artículo 73 del Código de Procedimiento Civil, la presente sentencia es publicada dentro del término .....