Razón por la cual "ME INHIBO" de conocer del presente expediente Nº 00106-C-22, motivo: NULIDAD DE VENTA SIMULADA, interpuesta por la Profesional del Derecho ciudadana: YUMARY LISBETH HURTADO ESCALANTE, en su condición de apoderada judicial de los ciudadanos: SOLANDA GISELA ALDANA DE URQUIA, CARMEN YOLANDA ALDANA DÍAZ, MARÍA ANTONIA ALDANA DE COLMENARES, EVA AURORA ALDANA GONZÁLEZ y LUIS ALBERTO ALDANA ARÉVALO, contra los ciudadanos: ALEXI ALFREDO ALDANA DÍAZ, ALEIDA ESPERANZA DÍAZ y SERGIO RAMÓN MORENO ARTIGAS, y manifiesto que mi impedimento obra contra el abogado ciudadano: ALEXIS LEOPOLDO PEÑA AZUAJE, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 13.605.482, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 276.179, quien es el apoderado judicial de los codemandados ALEXI ALFREDO ALDANA DÍAZ y SERGIO RAMÓN MORENO ARTIGAS en el presente procedimiento, en aras de la objetiva transparencia e imparcial administración de justicia, en los términos de nuestra vigente Carta Magna e.....