esta Sala de Juicio No 01 del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, impartiendo justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara con lugar la rectificación del acta de nacimiento de la adolescente (X) de catorce (14) años de edad, la cual corre inserta en los Libros de Registro Civil de Nacimientos No 01 llevados por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Juan, Municipio Libertador del Distrito Capital, bajo el acta N° 872, folio 436, del año 1994, en consecuencia, se ordena rectificar dicha acta en lo que respecta a la fecha de nacimiento de la mencionada adolescente, es decir, donde dice "...nació el día: VEINTE Y UNO DE JULIO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO..." deberá colocársele "...nació el día: VEINTE Y UNO DE JULIO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES...", rectificación que se hace conforme a lo es.....