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Decisiones del dia 09/11/2007

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Superior Segundo de lo Contencioso Tributario
Paginas 1 [Total de sentencias: 3] Página 1 de 1
N° Expediente : 2031(AF42-U-2002-000183) N° Sentencia : 0096-2007 Fecha: 09/11/2007
Procedimiento:
Recurso Contencioso Tributario
Partes:
FARMACIA CORAZÓN DE JESÚS S.R.L VS. MUNICIPIO LIBERTADOR DEL DISTRITO CAPITAL
Resumen:
En virtud de lo expuesto, el Tribunal considera procedente la confirmación del reparo por impuesto causado y no pagado en los periodos fiscales 01-07 1997 al 31-12-1998; y 01-01-1999 al 30-06-1999. Así se declara. Sobre la multa impuesta No encuentra el Tribunal ninguna alegación de la contribuyente para impugnar la impuesta por la cantidad de Bs. 76.800,00, razón por la cual supone ¿ Presumptio Hominis- que ninguna nada tenía que alegar contra la multa impuesta. En consecuencia, al constatar que la misma no presenta ningún vicio de ilegalidad, considera procedente la confirmación de la multa, efectuada en el acto recurrido. Así se declara
Juez/Ponente:
Ricardo Caigua Jimenez
Organo:
Juzgado Superior Segundo de lo Contencioso Tributario
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N° Expediente : AP41-U-2005-000639 N° Sentencia : 0098-2007 Fecha: 09/11/2007
Procedimiento:
Recurso Contencioso Tributario
Partes:
COMERCIAL EL PRADO, C.A. VS. SENIAT
Resumen:
Ese comportamiento, reflejado en forma idéntica en cada uno de los periodos impositivos objetados, hace llegar a la convicción a este Juzgador que la disposición contenida en el artículo 99 del Código Penal, invocada en el caso de autos por la representación judicial de la recurrente, debe ser aplicada, en este caso particular, por expreso mandato del artículo 71 del Código Orgánico Tributario, por darse los elementos del concurso continuado, aplicable también a las infracciones tributarias, por expreso mandato del artículo 71 del Código Orgánico Tributario; en consecuencia, las multas estimadas procedentes en este fallo deben ser calculadas como una sola infracción, para cada uno de los ejercicios fiscales en los cuales se produce el incumplimiento del deber formal, en los términos del dispositivo del mencionado artículo 99, ejusdem, por no tratarse de incumplimientos autónomos como erradamente lo apreció la administración. Así se declara.
Juez/Ponente:
Ricardo Caigua Jimenez
Organo:
Juzgado Superior Segundo de lo Contencioso Tributario
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N° Expediente : 1933(AF42-U-2002-000115) N° Sentencia : 0097-2007 Fecha: 09/11/2007
Procedimiento:
Recurso Contencioso Tributario
Partes:
GLOBALSANTAFE DRILLING VENEZUELA, C.A. VS. SENIAT
Resumen:
En refuerzo de la improcedencia de estos intereses moratorios y del impuesto al valor agregado sobre dichos intereses, en el régimen de admisión temporal, el Tribunal se permite transcribir, parcialmente, el criterio sostenido por la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en la sentencia No. 2003, de fecha 02 de agosto, con ponencia de la Magistrada Yolanda Jaimes, en la cual se confirma la sentencia No. 00050/2004, de fecha 12 de julio de 2004, de este Tribunal, en el caso: Ridolin C.A. vs. el SENIAT, en que, ante un caso idéntico, por actos emanados de la misma Gerencia de la Aduana Principal de Guanta-Puerto La Cruz, después de un extenso analisis, en su dispositiva, asienta: "... en virtud de todo lo expuesto, y tomando en cuenta que la contribuyente no dejó de cumplir con su obligación dentro del lapso fijado al efecto, tanto para solicitar una prórroga para reexpedir la mercancía autorizada en el permiso de admisión temporal, como para requerir la na.....
Juez/Ponente:
Ricardo Caigua Jimenez
Organo:
Juzgado Superior Segundo de lo Contencioso Tributario
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