Por la motivación que antecede éste Juzgado Superior Séptimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara Sin Lugar, el presente recurso contencioso administrativo funcionarial incoado por la ciudadana Irene Coromoto Bisamon, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº 7.032.001, representada por los abogados Francisco Javier Sandoval y Jeans Marilik Garrido Rodríguez, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 42.442 y 98.594, respectivamente contra el Instituto Municipal de Crédito Popular, por concepto de remoción y retiro, derivada del proceso de reducción de personal por limitaciones financieras del mencionado Instituto.