.-Se dictó y publicó Sentencia Interlocutoria mediante la cual ordenó la nulidad de las actuaciones efectuadas desde la constancia de haberse cumplido con las formalidades establecidas en el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil, y en consecuencia, se declaró la REPOSICIÓN DE LA CAUSA, al estado de designar defensor ad litem a la parte demandada.-