DISPOSITIVA
Por los anteriores razonamientos este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la demanda que motivó este juicio. En consecuencia acuerda la OBLIGACIÓN ALIMENTARIA de NESTOR GABRIEL RIVILLAS MANZAN para su hijo, el niño ANDRÉS DANIEL RIVILLAS ARIZA, en la cantidad de SETENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 70.000,00) mensuales y CIENTO SETENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 170.000,00) en el mes de diciembre.
Regístrese y publíquese.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en Guanare, a los NUEVE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL CUATRO. Años, 194º y 145°.
El Juez,
Abog. Oscar Mahín Mejías Ramos
La Secretaria,
Abog. Florbelia Urquiola Corona.
En esta misma fecha se publicó, si.....