Este Juzgado Décimo Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Colegiado y en Función Retasadora, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: ESTABLECE: en forma definitiva la cantidad de TREINTA Y CINCO MIL BOLIVARES (Bs. 35.000,00), el monto que deberá pagar el intimado CONCEPCIÓN TORREALBA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° 1.711.522, al abogado intimante JESÚS AUGUSTO SILVA HERNÁNDEZ, venezolano, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° 5.972.579, por concepto de honorarios profesionales derivados de las actuaciones extrajudiciales por los conceptos expresados de redacción de los dos documentos acompañados al libelo.