Por las razones antes expuestas, este Tribunal Vigésimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Separación de Cuerpos existente entre de los ciudadanos LAURA ANGELICA DIAZ CALDERA y JHONAY ALEXANDER VILLEGAS GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nº V-17.744.128 y V-17.857.134, respectivamente y en consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial contraídos por ellos en de fecha 28 de Febrero de 2013, por ante el Registro Civil del Municipio Carrizal del Estado Bolivariano de Miranda, según consta de Acta de Matrimonio anotada bajo el Nro. 022 del Libro de Matrimonios correspondiente al año 2013.