En virtud de las razones que preceden, esta Sala Cuatro de la Corte Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación presentada el 7 de diciembre de 2007, por la Fiscal Centésimo Novena del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, abogada Francisca Morelbia Ojeda Aular, y en consecuencia CONFIRMA la decisión dictada el 30 de noviembre de 2007, por el Juzgado Vigésimo Segundo (22°) de Primera Instancia en función de Control de este Circuito Judicial Penal, en la audiencia preliminar, mediante la cual declaró la nulidad absoluta de la acusación fiscal y otorgó medida cautelar sustitutiva de libertad a los ciudadanos Ysmer Roberto Pacheco y Eicker Alexander Leal Chirinos.