Por recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial, verifíquense los registros, acéptese y désele entrada. Visto el anterior CONVENIMIENTO DE RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, presentado por la abogada EMMA LUISA BUSTILLOS PAZ, Fiscal Nonagésima Novena del Ministerio Público, asistiendo a los ciudadanos YIMI ESTRADA y KEMBERLIT PINEDA DURAN, titulares de las cédulas de identidad Nº V-18.276.476 y V-20.220.960 respectivamente, en beneficio del niño, de tres (03) años de edad, por no ser el mismo contrario al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la ley; en consecuencia, este Tribunal Décimo Quinto (15°) de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas lo ADMITE y procede a Homologar el presente CONVENIMIENTO DE RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, en los términos allí expuestos todo de conformidad con lo establecido en el artículo 387 de la Ley Orgánica p.....