este Tribunal Quinto (5°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: HOMOLOGADA la transacción celebrada por las partes en la demanda por diferencias de prestaciones sociales incoado por la ciudadana JANETTE MARICHAL JEREZ, contra "LABORATORIOS KLINOS, C.A.", ambas partes debidamente identificadas en los autos. SEGUNDO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS conforme al parágrafo único del artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se ordena el cierre y archivo del presente expediente una vez conste a los autos el último de los pagos acordados.