En tal sentido, este Juzgado de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 10 y 11 del Reglamento de la citada norma laboral, acuerda impartirle la HOMOLOGACIÓN a dicha transacción en los términos en que ha sido expuesta, da por terminado el presente juicio y ordena el archivo del mismo por cuanto las partes han conciliado. Se acuerda la expedición de sendas copias certificadas del documento de Transacción y del Auto que la homologa. Así se decide.-