este Juzgado Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de Sustanciación, le imparte la HOMOLOGACION a dicha transacción, cuyo monto fue por BOLÍVARES DIGITALES SEISCIENTOS CUARENTA Y OCHO CON CINCUENTA Y DOS CÉNTIMOS (Bs.648,52), que comprende de acuerdo al contenido de la transacción los siguientes conceptos: 65 días de garantía de prestaciones sociales (antigüedad); intereses sobre prestaciones sociales; 15 días de vacaciones anuales 2020-2021; 15 días de bono vacacional 2020-2021; 6 días de descanso del periodo vacacional 2020-2021; 13 días de bono nocturno; bono transaccional; de tal manera que de conformidad con el artículo 89, numeral 2º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 19 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras y no menos importante.....