En consecuencia, vistas las anteriores exposiciones, este Juzgado de conformidad a lo establecido en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, imparte correspondiente HOMOLOGACIÓN a dicha transacción cuyo monto fue la suma CIENTO VEINTITRES MIL CUATROSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO BOLIVARES (Bs. 123.454,00) en los términos en que fue expuesto otorgando el efecto de cosa juzgada, en consecuencia, una vez conste en autos la cancelación del ultimo de los pagos se dará por terminado el asunto