Por los fundamentos antes Expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa - Acarigua, Administrando Justicia en NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA CONVERSION DE LA SEPARACION DE CUERPOS EN DIVORCIO, que rige entre los ciudadanos: FRANCISCO JAVIER OROZCO HERRERA, de nacionalidad Mexicana, pasaporte número 07110083172, mayor de edad, y ZULAY COROMOTO CASTILLO VIELMA, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-6.897.638; mayor de edad, de este domicilio, en virtud que en fecha 01 de Marzo de 2007, contrajeron matrimonio por ante la Primera Autoridad Civil de Acarigua, Municipio Páez, Estado Portuguesa, tal como se evidencia del acta de Matrimonio Nº 106, de los Libros de Registro Civil llevados por ese despacho, marcada con la letra "A". Así se decide.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.-
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