III
DECISIÓN
Por las motivaciones anteriormente expuestas, este JUZGADO DECIMOCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente decisión:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO por el Artículo 185-A, incoada por los ciudadanos ANNERIS YAMILET RODRIGUEZ BARRIENTOS y VILMER JOSE CAICEDO GUILLEN, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nº V-11.944.152 y V-13.229.397, respectivamente, y en consecuencia, se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNÍA, en virtud del matrimonio celebrado en fecha 15 de Noviembre del año (2002), por ante el Jefe Civil, de la Parroquia San Juan, del Municipio Libertador del Distrito Capital, tal y como consta en el acta de matrimonio signada con el numero 74, anotada en los Libros del Registro Civil.....