DISPOSITIVA
Por virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Duodécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 257 de la Constitución Bolivariana de la República Venezuela y los Artículos 768 y 769 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 149 de la Ley Orgánica de Registro Civil, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Rectificación de Acta de Matrimonio, presentada por el ciudadano INAUT ANIBAL LAIDERA COLLINS, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad número V- 3.413.654. en representación de la ciudadana IVIA ROSA LAYDERA COLLINS, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad número V-4.358.286, en consecuencia se rectifica el Acta de Matrimonio de fecha .....