... DECLARA: la COMPETENCIA DE ESTE TRIBUNAL, para conocer la causa y en consecuencia la existencia de una cuestión PREJUDICIAL, por lo que se ordena suspender el proceso en los términos señalados en el presente fallo, todo con motivo de la demanda por PAGO DE LOS SALARIOS CAÍDOS, interpuesto por el ciudadano MARIO AGUSTÍN AZPÚRUA GASPERI, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 2.941.322, en contra de la empresa LÍNEA AÉREA DE SERVICIOS LÁSER C.A, inscrita por ante la oficina de Registro Mercantil I de la circunscripción del distrito federal y estado miranda, en fecha 18 de octubre de 1.991, quedando anotada bajo el N° 80, tomo 19-A-Pro.
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.
Por aplicación analógica de acuerdo a lo dispuesto en la norma del artículo 11 de Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil se ordena dejar copia certificada de la pre.....