DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR la acción interpuesta por el ciudadano VICENTE CASA PRESTIFILIPPO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V- 3.185.961 en contra la empresa COMPAÑIA ANONIMA NACIONAL TELEFONOS DE VENEZUELA (CANTV), Sociedad Mercantil de este domicilio, inscrita en el Registro Mercantil que llevaba el Juzgado de Comercio del Distrito Federal, el día 20 de junio de 1930, bajo el No. 387, Tomo 2 y cuya última reforma estatutaria quedó debidamente inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, el 18 de diciembre de 2003, bajo el No. 10 Tomo 184-A-Pro; SEGUNDO: Se condena en costas a la parte actora por haber resultado totalmente vencida en el presente procedimiento.