DISPOSITIVA
En consecuencia, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara responsable penalmente al joven adulto: IDENTIDAD OMITIDA, titular, por la comisión del delito de: ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, PREVISTO EN LOS ARTICULO 5 Y 6 ORDINAL 1º, 2º Y 3º DE LA LEY SOBRE EL HURTO Y ROBO DE VEHICULOS AUTOMOTORES; por lo cual se le impone como sanción UN (01) AÑO y CUATRO (04) MESES DE PRIVACION DE LIBERTAD, vista la rebaja de un tercio (1/3) efectuada a la sanción de privación de libertad por el lapso de dos (02) años solicitada imponer, por la Fiscalía llamada a conocer, con fundamento en la admisión de los hechos efectuada por el acusado de autos, a tenor del artículo 583 Ejusdem, la cual se impone de conformidad con lo contemplado en el parágrafo segundo literal “a” del artículo .....