Se dictó resolución mediante la cual se declaró INADMISIBLE la demanda que por motivo de COBRO DE BOLIVARES (VÍA INTIMACIÓN), fue incoada por los ciudadanos RICARDO NAVARRO y GLADYS MARÍA DEL VALLE RODRÍGUEZ BOGADY, actuando en su carácter de endosatarios en procuración del ciudadano ALETSEY ARNEL VELASCO COLMENARES, contra el ciudadano GIUSEPPE FANELLI LAFRONZA, de conformidad con lo previsto en los artículo 341, 640 y 643 numeral 1º del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo previsto en el articulo 78 eiusdem.