DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho expuestas, este Tribunal Trigésimo en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: CONDENA al ciudadano JOSÉ LUÍS HERNÁNDEZ MADERA, de Nacionalidad Venezolana, natural de Caracas, de 38 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Comerciante, Residenciado en Petare, Barrio 19 de Abril, casa s-n y titular de la Cédula de Identidad N° V-12.829.888, a cumplir la pena de NUEVE (9) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, de conformidad con lo establecido en el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal, asimismo se les .....