Por lo cual este Juzgado Quinto Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, se declara PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso la apelación interpuesta por la parte demandada debidamente representada, en contra de la sentencia dictada por el Juzgado 36° de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo, en fecha 11 de agosto de 2016. SEGUNDO: Se condena a la parte demandada a cancelar los conceptos y montos especificados en la parte motiva de la presente decisión. TERCERO: Se modifica el fallo recurrido. CUARTO: Por la naturaleza del presente fallo se condena en costas de la presente apelación.