En virtud de los razonamientos anteriormente expuesto, este Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara; UNICO: IMPROCEDENTE la demanda de nulidad interpuesto por la representación judicial de la Sociedad Mercantil Pepsi-Cola Venezuela, C.A., contra la Providencia Administrativa N° 0381-2012, de fecha 15 de agosto de 2012, dictada por la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Distrito Capital y Vargas (DIRESAT) ente adscrito al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), a favor del ciudadano Carlos Adonay Baena Vanegas, contenido en el expediente de investigación de origen de enfermedad Nº DIC-19-IE11-1249.