-VI-
DISPOSITIVA
Con fundamento en los razonamientos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, la Sala Seis de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado en ejercicio Julio César Gil Jiménez, en su condición de defensor del imputado ISRAEL ANTONIO ARISTIGUETA ZABALA, de conformidad con lo previsto en los numerales 4, 5 y 7 del artículo 447 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Cuadragésimo Primero de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual acordó medida privativa judicial preventiva de libertad en contra del ciudadano antes mencionado, por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1.....