PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la impugnación de la cuantía estimada por la actora en su libelo de demanda de fecha 07 de Enero de 2008; la cual fuere formulada por la parte demandada reconviniente en su escrito de contestación de fecha 13 de Marzo de 2009, quedando en consecuencia como cuantía de la pretensión la suma de CIENTO DIEZ MIL BOLÍVARES FUERTES (110.000,00 Bs.f.).
-SEGUNDO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la pretensión que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE OPCIÓN DE COMPRA VENTA incoaran los ciudadanos DARCY MIREYA GUERRERO y JOSÉ CANDELARIO TORRES, en contra de los ciudadanos LILIA ESTHER RIVAS CANCINO y ENRIQUE HERRERA HERNANDO, ambas partes plenamente identificadas en el presente fallo.
-TERCERO: Como consecuencia del particular anterior se CONDENA a la parte demandada reconviniente en la causa, ciudadanos LILIA ESTHER RIVAS CANCINO y ENRIQUE HERRERA HERNANDO, a otorgar a la parte demandante reconvenida, ciudadanos DARCY MIREYA GUERRERO y JOSÉ CANDELARIO TORRES, el docu.....