declara: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la sociedad mercantil MOLINA AGENCIA DE VIAJES, C.A representada judicialmente por los abogados en ejercicio Lubin Chacon García, Julio Bacalao del Castillo, Jaime Gómez Pacheco, Jose Rafael Belisario y Gonzalo Salima Hernández, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 8.576, 15.619, 47.622, 34.357 y 55.950, respectivamente, contra la Alcaldía del Municipio Chacao del Estado Miranda, en consecuencia, se declara:
1.- La NULIDAD de las Resoluciones Nros. 060-2012 y 064-2012, dictadas en fechas 30 de agosto de 2012 la primera y 10 de septiembre de 2012 la segunda, por el Alcalde del Municipio Chacao del estado Miranda y notificadas a la Compañía en fecha 29 de octubre de 2012, mediante las cuales el referido Alcalde declaró sin lugar el Recurso Jerárquico interpuesto contra los actos administrativos contenidos en las Resoluciones Nros. R-LG-12-00022 y R-LG-12-00023, dictadas por la Direcc.....