D I S P O S I T I V A
Por los razonamientos anteriormente esgrimidos, esta Sala N° 8 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
DECLARA SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por la Defensora Pública 87° Penal, Abg. ROSA CLEMENCIA COLMENARES ROSALES, en su carácter de defensora del ciudadano PEDRO LUIS WILCHER ARAQUE y, CONFIRMA la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N° 10 de esta misma Circunscripción Judicial, en audiencia celebrada el día 03 de junio de 2007 y cuyo texto íntegro conforme a lo exigido por el artículo 254 Ibidem, fue publicado el día 04 del mismo mes y año, mediante la cual Decreta Medida Preventiva Privativa de Libertad, en contra del mencionado ciudadano, por la presunta comisión del delito de ACTOS LASCIVOS AGRAVADOS, p.....