DISPOSITIVA
Por las razones expuestas la Sala Seis de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la inhibición presentada por la Dra. YELIZ JIMENEZ OMAÑA, Juez del Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, al estar fundada en causa legal, de conformidad a lo establecido en el numeral 7 del articulo 86 del Código Orgánico Procesal Penal, la misma deberá ser declarada con lugar, debiendo el Juez sustituto continuar conociendo del proceso, de conformidad con lo establecido en el artículo 94 ejusdem..
Regístrese, publíquese, remítase la presente causa al Juzgado que actualmente conoce la presente cusa que por vía de distribución le correspondió. Remítase copia certificada de la decisión a la Juez Inhibida. Cúmplase.
LA JUEZ PRES.....