En virtud de las anteriores consideraciones, este Despacho Judicial, a cargo de la Juez Unipersonal Nº 11 de la Sala de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la presente demanda de Fijación Obligación de Manutención, incoada por Fiscal Nonagésima Primera del Ministerio Público Ynes Diaz Orellana, a solicitud de la ciudadana NINZA COROMOTO MANRIQUE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.869.258, contra el ciudadano ANGEL RENE LABRADOR, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-6.728.039, en beneficio de sus hijas (...), de catorce (14) y diez (10) años de edad respectivamente.-